[AACS] Potenciales candidatos para organizar el XXVII Congreso Argentino de la Ciencia del Suelo 2020

Diego J. Cosentino cosenti en agro.uba.ar
Vie Feb 23 15:00:33 ART 2018


Estimados socios,

Falta poco tiempo para el XXVI CACS en Tucumán.
Como sabrán, el ultimo día se elige la siguiente sede del Congreso.
La Comisión Directiva llama a potenciales grupos de trabajo que estén 
interesados en la organización del XXVII CACS, a que se manifiesten 
libremente.
Para ello les rogamos comunicarse con la Comisión directiva 
(aacs en suelos.org.ar) para organizar la presentación durante el congreso.

Les adjunto al pié, tres artículos de nuestro estatuto que refieren a la 
Comisión Organizadora de los Congresos.

Sin más, los saludo atentamente

Diego Cosentino
VIcepresidente
AACS



*Artículo 71º*: Para dar cumplimiento al artículo anterior, la Comisión 
Directiva designará una Comisión Organizadora que deberá constituirse 
con anticipación de al menos un (1) año. La Comisión Organizadora estará 
integrada por al menos un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente, un (1) 
Secretario, un (1) Secretario de Actas y un (1) Tesorero, debiendo 
recaer la designación de estos cargos en Socios Activos o aquéllos con 
iguales derechos y obligaciones (artículos 6°, 10°, 11° y 12°) que 
desarrollan sus actividades en los centros elegidos como sede de dichas
reuniones. Podrán participar como vocales de la Comisión Organizadora, 
Socios Activos de la AACS, otras personas relacionadas con las 
instituciones eventualmente coorganizadoras y por otras personas 
interesadas por la temática que no sean socias de la AACS. En caso de 
que fuera necesario que alguno de los cargos mencionados precedentemente 
fuera ocupado por alguien que no fuera socio de la AACS, deberá ser 
solicitado a la Comisión Directiva de la Asociación para que lo 
considere y eventualmente apruebe.
*Artículo 72º*: La Comisión Organizadora tendrá las siguientes 
atribuciones y obligaciones:
a) elevar a la Comisión Directiva para su aprobación, el proyecto de 
reglamento del CACS, el que deberá ajustarse a las normas estatutarias 
de la AACS;
b) efectuar todas las gestiones tendientes a la preparación y 
realización del CACS;
c) gestionar el apoyo de organismos oficiales y privados;
d) designar un relator/moderador para cada una de las comisiones;
e) designar colaboradores para cooperar en las tareas propias de la 
Comisión Organizadora;
f) establecer en el reglamento normas a las que deberán ajustarse los 
trabajos a presentarse al CACS para su aceptación;
g) confeccionar el programa del CACS;
h) cursar invitaciones a especialistas destacados del país y del exterior;
i) proponer a la Comisión Directiva la fijación de montos de inscripción 
de los participantes del CACS;
j) administrar los fondos afectados al cumplimiento del artículo 70º y 
realizar los correspondientes informes contables y rendiciones ante la 
Comisión Directiva;
k) establecer excepciones al artículo 75º en casos plenamente justificados;
l) redactar las actas de la reunión científica las que deberán contener, 
por lo menos, nómina de autoridades y participantes, listado y tema de 
las disertaciones, resúmenes de los trabajos aceptados, relato de los 
debates e informes de comisiones.
*Artículo 73º*: La Comisión Organizadora dará fin a su cometido con la 
elevación a la Comisión Directiva de las actas de la reunión científica 
para su publicación, Memoria, rendición de cuentas, Balance y 
transferencia de los fondos remanentes si los hubiere.



-- 
Diego J. Cosentino
PhD AgroParisTech INAP-G
Cát de Edafología
Dep. de Recursos Naturales y Ambiente
Facultad de Agronomía (UBA)
Av. San Martín 4453 - C1417DSA
CABA. Argentina
Tel +0054 011-5287-0742

------------ próxima parte ------------
Se ha borrado un adjunto en formato HTML...
URL: <http://listas.agro.uba.ar/pipermail/lisaacs/attachments/20180223/3ab138ff/attachment.html>


Más información sobre la lista de distribución Lisaacs